Act.5.5.

 

La PROTECCION CIVIL es un servicio público que establece las disposiciones y realiza las acciones necesarias para evitar, reducir, o corregir los daños causados a personas y bienes.

 

Los Fines de la PROTECCION CIVIL son, fundamentalmente:

·       previsión de riesgos

·       prevención de los accidentes

·       y respuesta a los mismos.

 

Sin embargo, inciden selectivamente sobre aquellos riesgos-accidentes que solamente afectan (o pueden afectar) a grupos amplios de población y son capaces de generar daños severos de modo que el accidente tiene carácter de siniestro, catástrofe o calamidad pública.

 

 


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